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Blog de Fiscalo
Guías prácticas y novedades fiscales para gestorías, asesorías y autónomos: VeriFactu, plazos, modelos, IVA, IRPF y cómo organizar el despacho.
Autónomos
- Autónomos¿Autónomo o sociedad limitada? Impuestos, cuotas y obligaciones de cada opción en 2026 y 2027Una sociedad limitada compensa cuando tu beneficio es lo bastante alto para que el IRPF de la parte de arriba supere al Impuesto sobre Sociedades y, además, puedes dejar parte del dinero en la empresa. En 2026 una microempresa paga el 19 % por sus primeros 50.000 € de base (el 17 % en 2027), pero al repartir dividendos vuelves a tributar, la cuota mínima de un autónomo societario es más alta y la SL tiene más obligaciones.
- Autónomos¿Tu gestoría tiene app? Lo que debería ofrecerte el portal de tu gestoríaPara tener «app de gestoría» no hace falta irse a una gestoría online: tu gestoría de siempre puede darte un portal del cliente en el que subes tickets y facturas desde el móvil, ves qué te falta y cuánto vas a pagar, y preguntas por escrito. Aquí tienes la lista de lo que debería permitirte, lo que no debería prometerte y cómo pedírselo.
- AutónomosCuota de autónomos en 2027: lo que está aprobado y lo que noA 26 de octubre de 2026 no hay tabla de tramos aprobada para la cuota de autónomos de 2027. Lo único que fija ya la ley es que el MEI sube del 0,90 % al 1 %: un euro más al mes por cada 1.000 € de base. Mientras no haya norma nueva, la referencia son las tablas de 2026 (de 205,88 € a 607,35 € al mes con la base mínima de cada tramo), y la base que pidas entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre se aplica desde el 1 de enero.
- AutónomosImpuestos trimestrales de los autónomos: qué modelos presentas según tu casoCada trimestre, un autónomo presenta el IVA (modelo 303) y el adelanto del IRPF (modelo 130 en estimación directa o 131 en módulos) y, si paga nóminas, facturas de profesionales o un alquiler con retención, también el 111 o el 115. Se presentan y se pagan del 1 al 20 de abril, julio y octubre y del 1 al 30 de enero; el cuarto trimestre de 2026, hasta el 1 de febrero de 2027.
Calendario
Comparativa
Facturación
- FacturaciónFactura electrónica obligatoria entre empresas: fechas, a quién afecta y cómo funcionaLa factura electrónica entre empresas y autónomos será obligatoria el 6 de octubre de 2027 para quien tuvo más de 8 millones de euros de volumen de operaciones el año anterior, y el 6 de octubre de 2028 para el resto. Lo fijan el Real Decreto 238/2026 y la Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre de 2026. Un PDF no basta: tendrá que ser un fichero estructurado, y habrá que informar de si la factura se rechaza y de cuándo se paga.
- FacturaciónQué debe llevar una factura: requisitos de la completa y de la simplificadaUna factura completa tiene que llevar número y serie, fecha, nombre o razón social, NIF y domicilio de quien la emite y de quien la recibe, la descripción, la base, el tipo de IVA y la cuota por separado y, si toca, una mención especial (exenta, inversión del sujeto pasivo, criterio de caja…). Basta una factura simplificada si el importe no pasa de 400 € con IVA, o de 3.000 € en comercios, hostelería y otros sectores. Lo fija el Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012).
- FacturaciónVeriFactu: cuándo es obligatorio y qué pasa con el aplazamiento a 2028Según el BOE, los programas de facturación tienen que estar adaptados a VeriFactu antes del 1 de enero de 2027 si pagas el Impuesto sobre Sociedades, y antes del 1 de julio de 2027 si eres autónomo. Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que quiere aplazarlo hasta octubre de 2028, pero a 26 de octubre de 2026 ese cambio no se ha publicado en el BOE.
Fin de año
Gestión del despacho
- Gestión del despachoCampaña de enero en la gestoría: modelos, fechas previstas de 2027 y cómo organizarlaLa campaña de enero de 2027 se juega en tres fechas: el 20 de enero, previsiblemente, para las retenciones del cuarto trimestre (111, 115 y 123); el 1 de febrero para el IVA, el IRPF y los resúmenes del año (303, 130, 131, 390, 190, 180, 193 y 184), y el 1 de marzo, previsto, para el 347. La domiciliación prevista cierra el 15 y el 27 de enero. Se organiza hacia atrás: fechas de corte, reparto de la cartera y revisión antes de presentar.
- Gestión del despachoClientes que no mandan la documentación: protocolo y plantillas de correo para tu gestoríaPara que los clientes manden la documentación a tiempo, pídesela con una lista cerrada de lo que necesitas, una fecha de corte anterior al último día para domiciliar y recordatorios con fecha, siempre por el mismo canal. En el cuarto trimestre de 2026, la domiciliación prevista acaba el 15 de enero de 2027 para el 111 y el 27 para el 303 y el 130: el corte, una semana antes. Aquí tienes el protocolo y las plantillas de correo para copiar.
- Gestión del despachoCómo digitalizar una gestoría por fases: cartera, documentos, portal, plazos y cobrosPara digitalizar una gestoría no hace falta cambiarlo todo a la vez: se hace por fases, empezando por la cartera de clientes, siguiendo por un solo canal para los documentos y el portal del cliente, y terminando por los plazos y los cobros. Cada fase funciona sola, así que puedes hacerla entre campañas. Y no cuentes con el Kit Digital: sus convocatorias han finalizado.
Gestorías
- GestoríasCambiar de gestoría: pasos, documentos que pedir y cuándo hacerloPuedes cambiar de gestoría cuando quieras, también a mitad de año, y no hay que avisar a Hacienda. Lo más limpio es hacerlo justo después de presentar un trimestre (ahora, con el 3T de 2026 ya presentado) y antes de la campaña de enero: pide tu documentación, retira los apoderamientos de la antigua y dáselos a la nueva antes de que venzan el 303 y el 130 del 4T, el 1 de febrero de 2027.
- GestoríasQué hace una gestoría, qué hace una asesoría y quién puede ser gestor administrativoUna gestoría hace por ti, y con tu autorización, lo que tienes que hacer ante la Administración: tramita papeles ante Hacienda, la Seguridad Social, Tráfico o los registros y, casi siempre, lleva también tus impuestos, tu contabilidad y tus nóminas. «Gestoría» es un nombre comercial; gestor administrativo es una profesión colegiada con requisitos propios.
Hacienda
- HaciendaCómo aplazar o fraccionar una deuda con Hacienda, y qué no se puede aplazarSi no puedes pagar a tiempo un impuesto, puedes pedir a la Agencia Tributaria que te deje pagarlo más tarde (aplazar) o a plazos (fraccionar), siempre que lo pidas antes de que acabe el plazo de pago. Hasta 50.000 € no hace falta garantía y la solicitud se resuelve de forma automática: hasta 24 plazos mensuales si eres persona física y 12 si eres una sociedad, con un interés del 4,0625 % anual en 2026. No se pueden aplazar las retenciones (111, 115, 123), los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades (202) ni el IVA que ya has cobrado.
- HaciendaNotificaciones de Hacienda: la DEHú, el plazo de 10 días y qué hacer si te llega una cartaHacienda notifica en papel o por internet. Las sociedades, las comunidades de bienes y otros obligados las reciben solo por vía electrónica, en la DEHú y en la sede de la Agencia Tributaria, y si no abren una notificación en 10 días naturales se da por hecha igual. Un autónomo persona física no está obligado, salvo excepciones, y recibe cartas certificadas. En los dos casos, el plazo para contestar o pagar corre desde que la notificación se da por hecha, no desde que la lees.
- HaciendaRequerimiento de Hacienda y «paralela»: cuánto tienes para contestar y cómo hacerloUn requerimiento es una notificación con la que Hacienda te pide datos, documentos o una explicación. Normalmente tienes 10 días hábiles para contestar, contados desde el día siguiente a la notificación y sin sábados, domingos ni festivos, y puedes pedir que te amplíen el plazo a la mitad más. Se contesta por internet en la sede de la Agencia Tributaria con el CSV del documento, aunque no tengas certificado. La «paralela» es otra cosa: una propuesta de liquidación provisional, con 10 días para alegar antes de que Hacienda te liquide.
IRPF
- IRPFGastos deducibles de los autónomos: qué puedes restar en el IRPF y en el IVAUn autónomo en estimación directa resta en el IRPF los gastos vinculados a su actividad, justificados con factura y anotados en sus libros. Algunos tienen cifra propia: la cuota de autónomos se resta entera; los suministros de casa, el 30 % de la parte de la vivienda que usas para trabajar; las comidas de trabajo, hasta 26,67 € al día en España y pagadas con tarjeta; el seguro médico, hasta 500 € por persona; y en la simplificada se añade un 5 % de difícil justificación, con un máximo de 2.000 € al año.
- IRPFMódulos (estimación objetiva) en 2027: límites, renuncia y lo que ya se sabePara 2027, el proyecto de orden de módulos que Hacienda sacó a información pública en octubre de 2026 mantiene los módulos de 2026 y la reducción del 5 %, y abre la renuncia hasta el 31 de diciembre de 2026. Lo que falta son los límites: la ley dice 150.000 € de ingresos y 75.000 € facturados a empresas, y mantener los 250.000 € y 125.000 € de 2026 exige una norma con rango de ley que, a 26 de octubre de 2026, no se ha publicado.
- IRPFRetención de IRPF en las facturas de autónomos: cuándo aplicar el 15 %, el 7 % o nadaSi eres profesional y facturas a una empresa, a otro autónomo dentro de su actividad o a una entidad, tu factura lleva una retención de IRPF del 15 %, o del 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes si se lo comunicas por escrito a tu cliente. A un particular no se le retiene, y la mayoría de actividades empresariales en estimación directa tampoco llevan retención.
IVA
- IVARégimen especial del criterio de caja: cómo funciona y cuándo te convieneCon el régimen especial del criterio de caja del IVA, el IVA de tus facturas se declara cuando las cobras y el de tus compras se deduce cuando las pagas, con un tope: el 31 de diciembre del año siguiente a la operación. Puede aplicarlo quien no superó 2.000.000 € de volumen de operaciones el año anterior. Para usarlo en 2027 se opta en diciembre de 2026 con el modelo 036.
- IVATipos de IVA en 2026: qué lleva el 21 %, el 10 % y el 4 %, y las rebajas temporalesEn 2026 hay tres tipos de IVA: el general del 21 %, para todo lo que no tiene uno rebajado; el reducido del 10 %, para la mayoría de alimentos, la hostelería, el transporte de viajeros o la vivienda nueva; y el superreducido del 4 %, para el pan, la leche, la fruta, el aceite de oliva, los libros o los medicamentos. La luz y el gas pagaron el 10 % del 22 de marzo al 31 de mayo y en noviembre siguen al 21 %, porque sus precios no han subido lo bastante para activar la rebaja.
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