La respuesta corta
Ser autónomo es más barato y sencillo de empezar y de mantener. La sociedad limitada (SL) empieza a compensar cuando tu beneficio es alto, de modo que el IRPF de tu parte de arriba supera con claridad al Impuesto sobre Sociedades (IS), y además no necesitas sacar todo lo que ganas. Si te lo llevas todo, la ventaja casi desaparece: al repartir dividendos vuelves a pagar. Hay razones que no son de impuestos, como no responder con tus bienes de las deudas del negocio o entrar con socios.
- IS de una microempresa en 2026 por sus primeros 50.000 € de base (17 % en 2027)
- 19 %IS de una microempresa en 2026 por sus primeros 50.000 € de base (17 % en 2027)
- Capital mínimo de una SL, con reglas especiales mientras no llega a 3.000 €
- 1 €Capital mínimo de una SL, con reglas especiales mientras no llega a 3.000 €
- Base mínima mensual de un autónomo societario en la regularización de 2026
- 1.424,40 €Base mínima mensual de un autónomo societario en la regularización de 2026
Autónomo o sociedad limitada: las diferencias, en una tabla
| Aspecto | Autónomo | Sociedad limitada |
|---|---|---|
| Cómo se empieza | Alta censal (modelo 036) y alta en el RETA | Escritura ante notario e inscripción en el Registro Mercantil (art. 20 LSC); alta censal de la sociedad |
| Deudas del negocio | Respondes con todos tus bienes, presentes y futuros (art. 1911 del Código Civil) | Los socios no responden personalmente (art. 1.2 LSC), salvo avales que firmen o responsabilidad como administradores |
| Impuesto sobre el beneficio | IRPF progresivo: modelo 130 y Renta | IS a tipo fijo: modelos 202 y 200 |
| IVA | 303 y 390; puede estar en el simplificado o en recargo de equivalencia | 303 y 390; el simplificado y el recargo son solo para personas físicas (arts. 122 y 148 de la Ley del IVA) |
| Libros | Libros registro fiscales (contabilidad mercantil solo en estimación directa normal con actividad empresarial) | Contabilidad mercantil y cuentas anuales depositadas cada año en el Registro Mercantil |
| Seguridad Social | RETA, con cuota según tus rendimientos | RETA como autónomo societario si tienes el control, con una base mínima más alta |
Impuestos: IRPF frente a Impuesto sobre Sociedades
Como autónomo, tu beneficio paga IRPF con una escala progresiva. La mitad la fija el Estado y la otra mitad tu comunidad autónoma, así que el total cambia según dónde vivas.
| Base liquidable | Tipo estatal | Total con una escala autonómica igual (supuesto) |
|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,5 % | 19 % |
| De 12.450 a 20.200 € | 12 % | 24 % |
| De 20.200 a 35.200 € | 15 % | 30 % |
| De 35.200 a 60.000 € | 18,5 % | 37 % |
| De 60.000 a 300.000 € | 22,5 % | 45 % |
| Más de 300.000 € | 24,5 % | 49 % |
Una sociedad paga el IS con un tipo fijo según su tamaño, que baja cada año para las más pequeñas:
| Sociedad | 2025 | 2026 | 2027 |
|---|---|---|---|
| Microempresa (cifra de negocios del año anterior de menos de 1 M€): primeros 50.000 € | 21 % | 19 % | 17 % |
| Microempresa: resto de la base | 22 % | 21 % | 20 % |
| Empresa de reducida dimensión (menos de 10 M€) | 24 % | 23 % | 22 % |
| Nueva creación: primer año con beneficio y el siguiente | 15 % | 15 % | 15 % |
| Resto (tipo general) | 25 % | 25 % | 25 % |
Ese beneficio sigue siendo de la sociedad. Cuando te lo repartes como dividendo, vuelve a tributar en tu IRPF, en la base del ahorro, cuyas dos mitades fija la ley (artículos 66 y 76): 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % por encima.
Ejemplo: cuánto se lleva Hacienda de 1.000 € más de beneficio
En lugar de inventar un caso completo, miramos qué pasa con 1.000 € más de beneficio en 2026. Supuestos: territorio común, escala autonómica igual a la estatal, una SL microempresa que no es de nueva creación y no pasa de 50.000 € de base, dividendos en el tramo del 19 % o del 21 %, sin deducciones y sin la Seguridad Social, que vemos aparte.
| Situación | Impuestos | Te queda |
|---|---|---|
| Autónomo con base liquidable de 20.200 a 35.200 € (30 %) | 300,00 € | 700,00 € |
| Autónomo con base de 35.200 a 60.000 € (37 %) | 370,00 € | 630,00 € |
| Autónomo con base de 60.000 a 300.000 € (45 %) | 450,00 € | 550,00 € |
| SL: el beneficio se queda en la sociedad (19 %) | 190,00 € | 810,00 €, dentro de la sociedad |
| SL que lo reparte como dividendo al 19 % | 343,90 € | 656,10 € |
| SL que lo reparte como dividendo al 21 % | 360,10 € | 639,90 € |
- Si sacas todo y tu tipo es del 37 %, la SL ahorra unos 10 € por cada 1.000 € (370 frente a 360,10): menos de lo que cuesta mantenerla.
- Con un tipo del 45 %, el dividendo ahorra unos 90 € por cada 1.000 €, y dejar el dinero dentro, 260 € hoy. Pero eso es un aplazamiento: tributará cuando lo repartas.
- Con una base de menos de 35.200 €, sacar el dinero de una SL cuesta más que ganarlo como autónomo.
Sacar el dinero de la SL: sueldo, factura o dividendos
- Por tu trabajo. Tributa en tu IRPF, en la base general, y la sociedad lo resta como gasto si se cumplen los requisitos. Si la actividad es profesional (de la sección segunda de las tarifas del IAE, como la abogacía) y estás en el RETA, es rendimiento de actividad económica, no una nómina (artículo 27.1 de la Ley del IRPF).
- Por ser administrador. El cargo es gratuito salvo que los estatutos fijen cómo se remunera (artículo 217 de la Ley de Sociedades de Capital). La retención es del 35 %, o del 19 % si la sociedad facturó menos de 100.000 €.
- Como dividendo. La sociedad retiene el 19 % y lo declara en el modelo 123; tú lo declaras en la base del ahorro.
Lo habitual es combinar: te pagas por tu trabajo lo que necesitas para vivir y dejas el resto en la sociedad. Cómo se califica lo que cobra el socio es un punto delicado: decídelo con tu gestoría.
Obligaciones y costes de una SL
- Capital de menos de 3.000 €. Hasta llegar a esa cifra, la sociedad destina al menos el 20 % del beneficio a reserva legal y, si se liquida sin patrimonio suficiente, los socios responden solidariamente de la diferencia entre 3.000 € y el capital suscrito (artículo 4 de la Ley de Sociedades de Capital).
- Cuentas anuales. Se formulan en los tres meses siguientes al cierre (artículo 253), la junta las aprueba en los seis primeros meses (artículo 164) y se depositan en el Registro Mercantil en el mes siguiente (artículo 279).
- Modelos. El 200 cada julio si el ejercicio es el año natural; el 202 en abril, octubre y diciembre cuando hay que ingresar (el primer año, por la modalidad de cuota, no hay IS anterior sobre el que calcularlo); el 303 y el 390; el 111 si paga sueldos o retribuciones, y el 123 si reparte dividendos.
- Notaría y registro al constituirla y, por lo general, honorarios de gestoría más altos que los de un autónomo. Pregunta cuánto y súmalo a la comparación.
Si ya eres autónomo y quieres pasar a SL
Haz los números con tu gestoría
Con tu beneficio real, lo que necesitas sacar al mes y lo que costará la sociedad.Constituye la sociedad
Escritura, inscripción, NIF, alta censal y una cuenta bancaria a nombre de la SL.Cambia tus altas
Si dejas de facturar tú, baja en Hacienda con el modelo 036. En la Seguridad Social pasas a autónomo societario si tienes el control.Pasa clientes y contratos
Desde la fecha del cambio, las facturas llevan el NIF de la SL. Pregunta a tu gestoría cómo cambian tus retenciones y tu IVA.Revisa lo que aportas
Pasar a la SL un local, un vehículo o toda la actividad puede tener efectos en el IRPF, el IVA u otros impuestos.
Errores frecuentes
- Comparar el 19 % del IS con tu IRPF sin contar el impuesto del dividendo al sacar el dinero.
- Creer que la SL te ahorra la cuota de autónomo: con control y trabajando en ella, sigues en el RETA y con una base mínima más alta.
- Crear una SL solo para tener pisos en alquiler: si es patrimonial, no tiene los tipos reducidos.
- Usar la cuenta de la sociedad como si fuera la tuya: cada salida de dinero hacia ti tiene que estar documentada.
- Constituirla con 1 € creyendo que no arriesgas nada, u olvidar depositar las cuentas anuales.
Lo que cambia en 2027
- IS: microempresas al 17 % y al 20 % (artículo 29.1 LIS) y reducida dimensión al 22 % (disposición transitoria 44.ª), para periodos que empiecen en 2027.
- Cuota de autónomos: el MEI sube del 0,9 % al 1 %. A 26 de octubre de 2026 no hay tabla de tramos para 2027 ni base del grupo 7, y hay elecciones generales el 29 de noviembre. Lo seguimos en cuota de autónomos 2027.
- VeriFactu: según el BOE, la SL tiene que facturar con un programa adaptado antes del 1 de enero de 2027 y el autónomo, antes del 1 de julio de 2027. El aplazamiento a octubre de 2028 está anunciado, pero no publicado en el BOE (cuándo es obligatorio VeriFactu).
- Factura electrónica: obligatoria desde el 6 de octubre de 2028 si facturas 8 millones o menos; ese día las sociedades empiezan a informar del pago de sus facturas, y los autónomos, el 6 de octubre de 2029.
Todo lo demás, en novedades fiscales de 2027.
La decisión, con tu gestoría
Lleva a la reunión tu beneficio de los dos últimos años, una previsión, lo que necesitas sacar cada mes y si vas a tener socios o empleados. Con eso, tu gestoría puede comparar con tu comunidad, tu cuota real y sus honorarios, que es lo que esta guía no puede hacer por ti.
Para las gestorías: cuando un cliente pasa a SL, su calendario cambia del 130 y la Renta al 202 y el 200. En Fiscalo, la sociedad es un cliente con su perfil de persona jurídica y el calendario genera sus plazos; el borrador del 202 sale de los datos del año y el 200 aparece como plazo. Fiscalo no presenta nada: lo presenta el gestor. Más en control de plazos fiscales.
Preguntas frecuentes
¿A partir de cuánto dinero compensa hacerse sociedad limitada?
No hay una cifra oficial. La SL empieza a compensar cuando tu tipo marginal de IRPF supera con claridad al Impuesto sobre Sociedades más el impuesto del dividendo y puedes dejar beneficio en la empresa; con lo que cuesta mantenerla, tu gestoría tiene que hacer los números con tu caso.
¿El socio de una SL tiene que darse de alta como autónomo?
Sí, si trabaja en ella o la dirige de forma habitual y tiene su control efectivo: siempre con la mitad del capital, y se presume con un tercio, con una cuarta parte y funciones de dirección, o con la mitad en manos de familiares con los que convive (artículo 305.2.b de la Ley General de la Seguridad Social).
¿Cuánto capital hace falta para crear una sociedad limitada?
Un euro como mínimo (artículo 4 de la Ley de Sociedades de Capital). Mientras el capital no llegue a 3.000 €, la sociedad destina al menos el 20 % del beneficio a reserva legal y, si se liquida sin patrimonio suficiente, los socios responden de la diferencia hasta 3.000 €.
¿Qué tipo paga una SL en el Impuesto sobre Sociedades en 2026?
Una microempresa, con cifra de negocios de menos de un millón de euros el año anterior, paga el 19 % por los primeros 50.000 € de base y el 21 % por el resto; una empresa de reducida dimensión, el 23 %; las demás, el 25 %. Las de nueva creación pagan el 15 % el primer año con beneficio y el siguiente.
Si paso de autónomo a SL, ¿tengo el 15 % de las empresas nuevas?
Normalmente no. La Ley del Impuesto sobre Sociedades no considera iniciada la actividad si la ejerció el año anterior una persona física con más del 50 % de la nueva sociedad, que es lo que pasa cuando conviertes tu actividad de autónomo en una SL.
¿Cuánto paga de cuota un autónomo societario en 2026?
Su base definitiva no puede bajar de 1.424,40 € al mes en 2026, la base mínima del grupo 7 del Régimen General, aunque durante el año puede cotizar por una base provisional de al menos 1.000 €. Con el tipo del 31,50 %, son unos 448,69 € al mes como mínimo.
Fuentes oficiales
- Ley 35/2006 del IRPF, artículos 27, 63, 66 y 76 (BOE)
- Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, artículo 29 y disposición transitoria 44.ª (BOE)
- Ley General de la Seguridad Social, artículos 136, 305 y 308 (BOE)
- Orden PJC/297/2026, de cotización a la Seguridad Social para 2026 (BOE)
- Seguridad Social: guía del trabajo autónomo
- Ley de Sociedades de Capital, artículos 1, 4, 20, 164, 217, 253 y 279 (BOE)
- Código Civil, artículo 1911 (BOE)
- Ley 37/1992 del IVA, artículos 122 y 148 (BOE)
- Agencia Tributaria: cuadro de tipos de retención del IRPF de 2026
- Agencia Tributaria: nota sobre la ampliación del plazo de VeriFactu
- Agencia Tributaria: solución pública de facturación electrónica (7 de octubre de 2026)
Contenido informativo revisado en la fecha indicada. La normativa fiscal cambia: comprueba siempre la fuente oficial o consulta con tu gestoría.