La app de la Agencia Tributaria en un minuto
La app de la Agencia Tributaria, que la AEAT llama APP-AEAT, es gratuita y está en las tiendas oficiales de Google, Apple y Huawei. Necesita Android 8 o iOS 15 o versiones posteriores. Está pensada para trámites personales: la declaración de la Renta, la cita previa, las deudas, las notificaciones y los poderes a terceros. No es un programa para llevar los impuestos de un negocio: el IVA y los pagos fraccionados del trimestre se presentan en otro sitio.
- Personas que pueden estar identificadas a la vez en la misma app (por ejemplo, tu familia)
- 20Personas que pueden estar identificadas a la vez en la misma app (por ejemplo, tu familia)
- Duración máxima de un apoderamiento dado desde la app
- 5 añosDuración máxima de un apoderamiento dado desde la app
- Naturales para abrir una notificación electrónica antes de que se dé por hecha
- 10 díasNaturales para abrir una notificación electrónica antes de que se dé por hecha
Qué puedes hacer en la app
Estas son las gestiones que la AEAT enumera en su página de gestiones disponibles en la APP-AEAT:
| Gestión | Qué permite |
|---|---|
| Cita | Pedir, cambiar o anular cita, también la de la Renta. Si tienes una carta de la AEAT, sirve su código seguro de verificación (CSV) de 16 caracteres; para pedir cita propia basta con el NIF, el nombre y los apellidos. |
| Renta | Presentar la declaración, ver su estado, descargar las ya presentadas, consultar los datos fiscales, consultar o corregir la cuenta de domiciliación, pedir el certificado de Renta y aplazar o compensar una deuda del IRPF. |
| Deudas | Pagar con cargo en cuenta o con tarjeta, aplazar o fraccionar y consultar lo que debes. Al pagar recibes el NRC y el justificante. |
| Notificaciones | Resumen de las no leídas, consulta de notificaciones y comunicaciones y suscripción a avisos personales. |
| Documentos con CSV | Comprobar que un documento de la AEAT es auténtico, tecleando su CSV o escaneando su QR. |
| Facturas VERI*FACTU | Cotejar una factura escaneando su código QR tributario o tecleando sus datos. |
| Apoderamientos | Dar un poder a otra persona o empresa y ver los poderes otorgados y recibidos. |
| Otras | Domicilio fiscal y de notificaciones, bienes en subasta, documentos pendientes de firma y tus últimos accesos. |
Dar un poder a tu gestoría desde el móvil
Desde la app puedes apoderar a una persona o empresa con un poder general (los códigos GENERALLEY58, GENERALDATPE y GENERALNOT) o con uno para trámites concretos, por un máximo de cinco años. Te identificas con Cl@ve Móvil o certificado y escribes el NIF de quien recibe el poder. Pregunta antes a tu gestoría qué necesita: muchas presentan como colaboradoras sociales de la AEAT con una autorización tuya y no necesitan un poder en el registro.
Si tienes una notificación pendiente, ábrela cuanto antes: pasados diez días naturales desde que se pone a tu disposición, se da por notificada aunque no la hayas leído. Lo contamos en notificaciones de Hacienda y DEHú, y qué hacer con una carta de Hacienda, en el requerimiento de Hacienda.
La Renta desde el móvil
La Renta es lo que más se hace en la app. Para el ejercicio 2025 se pudo presentar del 8 de abril al 30 de junio de 2026. Si la fraccionaste, el segundo pago, el 40 %, vence el 5 de noviembre de 2026. La campaña del ejercicio 2026 se hará en 2027, pero a 26 de octubre de 2026 la AEAT no ha publicado sus fechas.
La app permite presentar «con un solo clic» a quien la AEAT tiene ya todos sus datos. Si hacen falta datos que la AEAT no tiene, o hay que añadir descendientes o ascendientes, la propia app te manda a continuar en Renta WEB. Para la declaración conjunta, tu cónyuge tiene que estar identificado en la app.
Lo que no se hace en la app: los trimestrales
La lista oficial de gestiones de la app no incluye las autoliquidaciones periódicas de un negocio: ni el IVA (modelo 303), ni el pago fraccionado del IRPF (modelo 130), ni las retenciones, ni los resúmenes anuales. La app tampoco calcula tus impuestos del trimestre ni guarda tus facturas.
| Gestión | Dónde |
|---|---|
| Declaración de la Renta | App o sede electrónica (Renta WEB) |
| IVA trimestral (303) y pago fraccionado (130) | Sede electrónica de la AEAT, o tu gestoría |
| Pagar o aplazar una deuda | App o sede electrónica |
| Leer una notificación | App, sede electrónica o DEHú |
| Pedir cita | App, sede o teléfono 91 333 5 333 |
| Hacer una factura | Tu programa de facturación o la aplicación gratuita de facturación de la AEAT, en la sede |
Qué modelos te tocan cada trimestre y cuándo, en la declaración trimestral de los autónomos.
Cl@ve o certificado digital: cómo se entra
La primera vez te identificas como titular de la app de una de estas formas: con Cl@ve Móvil, confirmando el acceso en la app Cl@ve; con Cl@ve sin la app Cl@ve, con tu DNI o NIE y un dato de contraste (la fecha de validez del documento, por ejemplo) y un PIN que llega por SMS; o con un certificado electrónico instalado o importado en el móvil. Al terminar, la app te da un número de referencia. Para añadir a otra persona vale también su número de referencia.
| Sistema | Cómo funciona |
|---|---|
| Cl@ve Móvil | Te identificas desde la app Cl@ve; también permite escanear un QR en la pantalla de acceso para no teclear tus datos. |
| Cl@ve PIN | Un código que eliges más un PIN que llega por la app o por SMS. Es de un solo uso y caduca a los 10 minutos. |
| Cl@ve Permanente | Usuario (tu DNI o NIE) y contraseña; para los trámites más delicados pide además un código por SMS. |
| Cl@ve Firma | Firma con un certificado guardado por la Administración («en la nube»), desde cualquier dispositivo. |
| Certificado electrónico o DNIe | Un certificado instalado en tu ordenador o móvil, o el DNI electrónico. Lo admiten la app y la sede de la AEAT. |
Cómo te registras en Cl@ve
- Por internet, con videoidentificación (automática o con revisión manual).
- Por internet, con la carta de invitación que te manda la AEAT.
- Por internet, con un certificado electrónico o el DNIe.
- En persona, en una oficina de registro.
¿Cuándo te piden certificado sí o sí?
Una persona física puede presentar sus modelos con Cl@ve. Las sociedades actúan con certificado electrónico de representante. Y la solución pública de factura electrónica de la AEAT pide certificado, salvo en sus formularios de emisión, estados y consulta, que admiten Cl@ve. Si vas a pedir un certificado, hazlo con tiempo: no lo dejes para el último día del plazo.
Si la app de la Agencia Tributaria no funciona
Revisa el móvil y la versión
La app pide Android 8 o iOS 15 o posteriores. Actualízala desde la tienda oficial.Vuelve a identificarte
Si la referencia es de un año anterior, la app avisa de que ha caducado y la puedes renovar con el dato de contraste del DNI o NIE. Si nada funciona, desactiva el dispositivo y vuelve a identificarte: los usuarios y avisos se recuperan al hacerlo.Usa la sede electrónica
Todo lo que hace la app se puede hacer desde la sede de la AEAT, en el ordenador o en el navegador del móvil.Llama o pide cita
Cita con atención personal: 91 333 5 333, de lunes a viernes de 9 a 19 h (en agosto, hasta las 15 h). Información tributaria básica: 91 554 87 70. En las oficinas se atiende con cita, salvo para entregar documentos en el registro.
La app de la Agencia Tributaria y VeriFactu
En la app, «VeriFactu» sirve para comprobar una factura que has recibido: escaneas su código QR tributario (o tecleas sus datos) y la cotejas con la AEAT. La app no emite facturas. Para hacerlas, la AEAT ofrece aparte una aplicación gratuita de facturación en su sede.
Según el BOE, los programas de facturación tienen que estar adaptados antes del 1 de enero de 2027 si pagas el Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 si eres autónomo (Real Decreto-ley 15/2025). Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que quiere aplazarlo hasta octubre de 2028, pero a 26 de octubre de 2026 ese cambio no se ha publicado en el BOE y la nota de la AEAT sigue dando las fechas de 2027. Todo, al día, en cuándo es obligatorio VeriFactu.
Lo que cambia en 2026 y 2027
- La ayuda de la app se ha renovado en octubre de 2026: las páginas de gestiones, usuarios y requisitos técnicos llevan fecha del 14 y el 15 de octubre. Conviene revisarlas antes de una campaña, porque las opciones cambian de un año a otro.
- Renta del ejercicio 2026. Se presentará en la primavera de 2027; las fechas saldrán con la orden de modelos, que a 26 de octubre de 2026 no está publicada.
- VeriFactu. Fechas del BOE: 1 de enero de 2027 (sociedades) y 1 de julio de 2027 (resto), con un aplazamiento a octubre de 2028 anunciado y pendiente de norma.
- Factura electrónica entre empresas. Obligatoria desde el 6 de octubre de 2027 para quien facture más de 8 millones de euros y desde el 6 de octubre de 2028 para el resto. Lo explicamos en factura electrónica obligatoria.
Y tu gestoría: qué sigue necesitando de ti
La app te deja hacer la Renta, pagar y leer notificaciones, pero el día a día fiscal de un negocio no pasa por ella. Si tienes gestoría, lo normal es que sea ella quien presente tu IVA y tu IRPF trimestral, como colaboradora social y con tu autorización. Para eso necesita de ti tres cosas:
- Las facturas emitidas y recibidas y los tickets del trimestre, con margen antes de que acabe el plazo: el 20 de abril, julio y octubre, y el 30 de enero para el IVA y el IRPF del cuarto trimestre.
- Cualquier notificación o carta de Hacienda en cuanto la recibas: los plazos para contestar cuentan desde que se da por notificada.
- Los cambios que afectan a tus impuestos: alta de un trabajador, un local alquilado, ventas a otros países o un cambio de actividad.
Muchas gestorías ya reciben todo eso por un portal del cliente en lugar de por correo o WhatsApp. Fiscalo es un software para gestorías, con acceso por lista de espera, que incluye ese portal: el cliente sube facturas y tickets desde el móvil, ve sus plazos y pregunta en su propio hilo. Fiscalo no es una app de Hacienda ni presenta nada en la AEAT: la presentación la sigue haciendo tu gestor. Qué pedirle al portal de tu gestoría, en la app de tu gestoría.
Preguntas frecuentes
¿Qué se puede hacer con la app de la Agencia Tributaria?
Hacer la declaración de la Renta, pedir o anular cita, pagar, aplazar y consultar deudas, leer notificaciones, cotejar documentos con su CSV y facturas VERI*FACTU con su QR, dar de alta apoderamientos y gestionar el domicilio fiscal, entre otras gestiones que enumera la propia AEAT en su sede.
¿Puedo presentar el IVA trimestral desde la app de Hacienda?
No. La lista oficial de gestiones de la app no incluye el modelo 303 ni el 130. Las autoliquidaciones trimestrales se presentan en la sede electrónica de la AEAT, con Cl@ve o certificado si eres persona física, o las presenta tu gestoría.
¿Cómo entro en la app de la Agencia Tributaria?
Te identificas una vez con Cl@ve Móvil, con Cl@ve recibiendo un PIN por SMS o con un certificado electrónico instalado en el móvil, y la app te asigna un número de referencia. Puedes tener hasta 20 personas identificadas en la misma app.
¿Qué hago si la app de Hacienda no funciona?
Comprueba que tu móvil tiene Android 8 o iOS 15 o una versión posterior y que la app está actualizada; si sigue fallando, desactiva el dispositivo y vuelve a identificarte. Mientras tanto, todas sus gestiones se pueden hacer en la sede electrónica de la AEAT o pidiendo cita en el 91 333 5 333.
¿Un autónomo necesita certificado digital?
No siempre. Una persona física puede presentar sus modelos y entrar en la app con Cl@ve. El certificado es imprescindible para las sociedades y lo pide, por ejemplo, la solución pública de factura electrónica de la AEAT, salvo en sus formularios.
¿La app de la Agencia Tributaria es gratuita y oficial?
Sí. La publica la propia Agencia Tributaria, es gratuita y está en las tiendas oficiales de Google, Apple y Huawei. Hacer gestiones en la app o en la sede de la AEAT no cuesta nada: si una web te cobra por pedir cita, no es la AEAT.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria: gestiones disponibles en la APP-AEAT
- Agencia Tributaria: ayuda técnica de las aplicaciones móviles
- Agencia Tributaria: gestiones de Renta en la APP-AEAT
- Agencia Tributaria: gestión de usuarios en la APP-AEAT
- Agencia Tributaria: requisitos técnicos de la APP-AEAT
- Agencia Tributaria: presentación de la Renta en un clic
- Agencia Tributaria: notificaciones y cotejo de documentos en la app
- Agencia Tributaria: alta de apoderamientos desde la app
- Agencia Tributaria: Asistencia y Cita
- Agencia Tributaria: preguntas frecuentes sobre notificaciones
- Cl@ve: sistemas de identificación y registro
- Agencia Tributaria: nota sobre la ampliación del plazo de VeriFactu
Contenido informativo revisado en la fecha indicada. La normativa fiscal cambia: comprueba siempre la fuente oficial o consulta con tu gestoría.