Calendario de decisiones con efecto en 2027
Casi todas las opciones de régimen se piden con el modelo 036 en una ventana fija y valen desde el 1 de enero. Si se pasa la ventana, hay que esperar un año, salvo las renuncias tácitas (presentar en plazo el primer pago del año con el otro régimen) y el inicio de una actividad.
| Decisión | Plazo | Cómo | Te ata |
|---|---|---|---|
| Cambiar la base de cotización de autónomos | Hasta el 31 de octubre, para el 1 de noviembre; del 1 de noviembre al 31 de diciembre, para el 1 de enero de 2027 | Seguridad Social, servicio «Base de cotización y rendimientos» | Hasta seis cambios al año |
| Renunciar al SII voluntario | Noviembre de 2026 | 036 | — |
| Entrar en el REDEME o darse de baja voluntaria | Noviembre de 2026 | 036 | El año de la inscripción, como mínimo |
| Renunciar a módulos (IRPF) o revocar la renuncia | Diciembre de 2026 (el proyecto de orden lo abre desde su publicación hasta el 31 de diciembre) | 036, o tácita con el 130 del 1T de 2027 | Tres años |
| Renunciar al régimen simplificado del IVA | Igual que la de módulos | 036, o tácita con el 303 del 1T en régimen general | Tres años |
| Renunciar a la estimación directa simplificada | Diciembre de 2026 | 036 | Tres años |
| Optar por el criterio de caja o renunciar a él | Diciembre de 2026 | 036 | La renuncia, tres años |
| Prorrata especial del IVA | En el último 303 de 2026, en enero de 2027 | En la propia autoliquidación | Tres años |
| Pago fraccionado del IS sobre la base imponible (voluntario) | Febrero de 2027 | 036 | Hasta que se renuncie |
Módulos: seguir o renunciar
La regla general está en el Reglamento del IRPF: la renuncia a la estimación objetiva se hace en diciembre y no se puede deshacer al año siguiente.
«La renuncia tendrá efectos para un período mínimo de tres años.»
- Plazo para 2027. El proyecto de orden de módulos de 2027 (en información pública desde octubre de 2026) lo abre desde el día siguiente a su publicación en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2026. Hasta que salga la orden, es un proyecto.
- Renuncia tácita. También se entiende hecha si presentas en plazo el modelo 130 del primer trimestre de 2027 en estimación directa.
- Arrastra el IVA. Renunciar a módulos en el IRPF supone renunciar también al régimen simplificado y al de agricultura, ganadería y pesca del IVA, por todas tus actividades (artículo 33 del Reglamento del IVA).
- Qué mantiene el proyecto. Los módulos de 2026 y la reducción general del 5 %. En la agricultura y la ganadería, la de 2026 sube al 10 % y se podrá restar el 35 % del gasóleo agrícola y el 15 % de los fertilizantes.
Lo que cambia y cómo decidir, con ejemplos, en módulos autónomos 2027.
Criterio de caja: entrar o salir
Con el criterio de caja, el IVA de tus facturas se declara cuando lo cobras y el de tus compras se deduce cuando lo pagas, como tarde el 31 de diciembre del año siguiente al de la operación. Pueden aplicarlo quienes no superaron 2.000.000 € de volumen de operaciones el año anterior, y se sale si se cobran más de 100.000 € en efectivo de un mismo cliente en el año.
- Para aplicarlo en 2027 se opta en diciembre de 2026 con el 036 (artículo 61 septies del Reglamento del IVA). La opción se prorroga sola.
- La renuncia también se presenta en diciembre y vale como mínimo tres años (artículo 61 octies).
- Las facturas llevan la mención «régimen especial del criterio de caja», y tus clientes empresarios solo deducen ese IVA cuando te pagan: conviene avisarles.
Cuándo compensa y cómo se declara en el 303, en criterio de caja IVA.
SII, REDEME y prorrata: la ventana de noviembre y el último 303
- SII voluntario. Se puede entrar en cualquier momento del año, pero la renuncia se presenta en noviembre del año anterior. Quien lleva los libros por el SII está fuera de VeriFactu y no presenta el 347 ni el 390: si renuncias para 2027, recuperas esas obligaciones.
- REDEME (registro de devolución mensual del IVA). La inscripción y la baja voluntaria se piden en noviembre para el año siguiente; fuera de noviembre, la inscripción también se puede pedir en el plazo de un 303. Estar inscrito obliga a liquidar el IVA por meses y a llevar el SII, y hay que permanecer al menos el año de la inscripción.
- Prorrata especial. Quien combina operaciones con derecho a deducir y exentas que no lo dan opta por ella en el último 303 del año, el del 4T de 2026, y queda vinculado tres años (artículo 28 del Reglamento del IVA). Hay que hacer los números antes de enero.
Base de cotización de autónomos para 2027
La cuota se elige según lo que prevés ganar, y al año siguiente la Seguridad Social la regulariza con tus rendimientos reales. Si cotizaste por debajo de la base mínima de tu tramo, pagas la diferencia hasta el último día del mes siguiente a la notificación, sin recargo (artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social).
- Último día para que el cambio de base valga desde el 1 de noviembre de 2026
- 31-10Último día para que el cambio de base valga desde el 1 de noviembre de 2026
- Último día para que valga desde el 1 de enero de 2027
- 31-12Último día para que valga desde el 1 de enero de 2027
- Cambios de base que se pueden pedir cada año
- 6Cambios de base que se pueden pedir cada año
Para 2027 no hay todavía tablas de tramos aprobadas; lo único fijado es que el MEI sube al 1 %. Lo que se sabe, en cuota de autónomos 2027, y tu tramo con las tablas vigentes, en la calculadora de la cuota de autónomos.
El 202 del 21 de diciembre y lo que vence hasta enero
Las sociedades presentan el tercer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades del 1 al 21 de diciembre de 2026 (el 20 es domingo), y lo pueden domiciliar hasta el 16. Lo paga la sociedad cuyo último Impuesto sobre Sociedades vencido salió con cuota a ingresar (modalidad de cuota) y, en todo caso, la que facturó más de 6 millones de euros en los doce meses anteriores (modalidad de base, con los once primeros meses del año). Cálculo y ejemplos en el modelo 202.
| Administración | Modelo | Último día | Domiciliación hasta | Origen y avisos |
|---|---|---|---|---|
| Agencia Tributaria | Modelo 202Adelanto del Impuesto de Sociedades | 21 de diciembre de 2026Trasladado a día hábil | 16 de diciembre de 2026 | Calendario oficial (AEAT) |
| Agencia Tributaria | Modelo 111Retenciones de nóminas y profesionales | 20 de enero de 2027 | 15 de enero de 2027 (prevista) | Calculada con la norma: prevista hasta que se publique el calendario oficial |
| Agencia Tributaria | Modelo 303IVA del periodo | 1 de febrero de 2027Trasladado a día hábil | 27 de enero de 2027 (prevista) | Calculada con la norma: prevista hasta que se publique el calendario oficial |
| Agencia Tributaria | Modelo 130Adelanto del IRPF | 1 de febrero de 2027Trasladado a día hábil | 27 de enero de 2027 (prevista) | Calculada con la norma: prevista hasta que se publique el calendario oficial |
Quien liquida por meses (grandes empresas, SII y REDEME) tiene además los mensuales de octubre y noviembre, y el 5 de noviembre se carga el segundo plazo (40 %) de la Renta de 2025 de quien la fraccionó: todo, en el calendario fiscal 2026. El cierre del 4T, modelo a modelo, en impuestos del 4T de 2026.
Antes del 31 de diciembre: lo que cuenta para la Renta de 2026
- Planes de pensiones. Lo que aportes hasta el 31 de diciembre reduce la base de 2026, con un límite de 1.500 € o el 30 % de tus rendimientos netos del trabajo y de actividades, lo que sea menor. Un autónomo puede sumar 4.250 € más si aporta a un plan de pensiones de empleo simplificado de autónomos, a un plan sectorial por razón de su actividad o a un plan de empleo del que sea promotor y partícipe (artículo 52 de la Ley del IRPF).
- Pagar no es deducir. Los ingresos y gastos de la actividad se imputan cuando se devengan, no cuando se pagan (artículo 7.1 del Reglamento del IRPF). Pagar en diciembre la cuota de un programa de 2027 no adelanta el gasto. Solo quien lleva libros registro, y no contabilidad del Código de Comercio, puede optar por el criterio de cobros y pagos: se elige al hacer la Renta y obliga tres años.
- Estimación directa simplificada. Las provisiones y los gastos de difícil justificación se calculan con un 5 % del rendimiento neto, con un máximo de 2.000 € al año (artículo 30 del Reglamento del IRPF). No hay que justificarlos, pero tampoco crecen por gastar más.
Qué gastos entran y con qué límites, en gastos deducibles de autónomos.
Sociedades: los tipos de 2027
Los tipos del Impuesto sobre Sociedades de las pymes siguen bajando en los periodos que empiecen en 2027. La categoría depende de la cifra de negocios del periodo anterior: para 2027, la de 2026.
| Contribuyente | 2026 | 2027 |
|---|---|---|
| Microempresa (cifra de negocios inferior a 1 millón): primeros 50.000 € de base | 19 % | 17 % |
| Microempresa: resto de la base | 21 % | 20 % |
| Empresa de reducida dimensión (cifra de negocios inferior a 10 millones) | 23 % | 22 % |
| Tipo general | 25 % | 25 % |
Una microempresa con 80.000 € de base paga 15.800 € con los tipos de 2026 (50.000 × 19 % + 30.000 × 21 %) y 14.500 € con los de 2027 (50.000 × 17 % + 30.000 × 20 %), antes de deducciones. Más en el modelo 200.
Errores frecuentes en el cierre de año
- Renunciar a módulos o al criterio de caja en enero, o al SII en diciembre: cada ventana tiene su mes.
- Confundir el último día para domiciliar el 202 (16 de diciembre) con el de presentarlo (21 de diciembre).
- Pagar en diciembre gastos de 2027 creyendo que deducen en 2026.
- Pedir el cambio de base el 2 de enero: ya solo vale desde el 1 de marzo.
- Dar por buenos para 2027 los límites de módulos de 250.000 € y 125.000 € sin norma que los mantenga.
Checklist para la gestoría
Repasa el perfil de cada cliente
Régimen de IVA, método del IRPF, SII, REDEME, criterio de caja y prorrata: marca a quién le conviene revisar una opción. En módulos, a quien se acerque en 2026 a 150.000 € de ingresos o a 75.000 € facturados a empresarios.Noviembre: SII y REDEME
Renuncias al SII voluntario (ojo con VeriFactu al salir) y altas o bajas del REDEME.Diciembre: los 036 y las bases
Renuncias y opciones de módulos, simplificado, estimación directa simplificada y criterio de caja; con cada autónomo, su base de 2027. Guarda los justificantes.Sociedades: 202 y cifra de negocios
El 202 hasta el 21 de diciembre (domiciliado, hasta el 16) y la cifra de negocios de 2026, que fija el tipo de 2027.Pide lo que falta del 4T antes de las fiestas
Facturas, tickets y extractos de diciembre, para no empezar enero a ciegas.
Cómo organizar enero, en la campaña de enero de la gestoría, y cómo pedir los papeles, en pedir documentación a los clientes de la gestoría.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo puedo renunciar a módulos para 2027?
El Reglamento del IRPF fija el mes de diciembre. El proyecto de orden de módulos de 2027 abre el plazo desde el día siguiente a su publicación en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2026. También vale la renuncia tácita: presentar en plazo el 130 del primer trimestre de 2027 en estimación directa.
¿Cuándo se opta por el criterio de caja?
Al darte de alta o en diciembre del año anterior a aquel en que quieras aplicarlo, con el modelo 036. Para 2027, en diciembre de 2026. La opción se prorroga sola y, si renuncias, la renuncia te ata al menos tres años.
¿Hasta cuándo puedo cambiar mi base de cotización para enero?
Hasta el 31 de diciembre de 2026: lo que pidas entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre vale desde el 1 de enero de 2027. Si lo pides hasta el 31 de octubre, vale desde el 1 de noviembre. Se puede cambiar hasta seis veces al año.
¿Qué tipo pagan las sociedades en 2027?
En los periodos que empiecen en 2027, el 25 % con carácter general; el 22 % las empresas de reducida dimensión (cifra de negocios inferior a 10 millones) y, las microempresas (menos de 1 millón), el 17 % por los primeros 50.000 € de base y el 20 % por el resto.
¿Cuándo se renuncia al SII voluntario?
En noviembre del año anterior: para dejarlo en 2027, en noviembre de 2026, con el 036. Ojo: al salir del SII vuelves al ámbito de VeriFactu, que el BOE fija para el 1 de enero de 2027 (sociedades) y el 1 de julio de 2027 (resto).
Fuentes oficiales
- Reglamento del IRPF (RD 439/2007), artículos 7, 29, 30 y 33 (BOE)
- Reglamento del IVA (RD 1624/1992), artículos 28, 30, 33, 61 septies y 61 octies (BOE)
- Ley 35/2006 del IRPF, artículos 31 y 52 y disposición transitoria 32.ª (BOE)
- Ministerio de Hacienda: proyecto de orden de módulos para 2027 (información pública, octubre de 2026)
- Agencia Tributaria: nota sobre los efectos de los RDL 16/2025 y 2/2026 (límites de módulos de 2026)
- Agencia Tributaria: régimen especial del criterio de caja
- Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, artículo 29 y disposición transitoria 44.ª (BOE)
- Ley General de la Seguridad Social, artículo 308 (BOE)
- Seguridad Social: guía de trabajo autónomo (cambios de base)
- Agencia Tributaria: plazos de presentación y domiciliación de 2026
Contenido informativo revisado en la fecha indicada. La normativa fiscal cambia: comprueba siempre la fuente oficial o consulta con tu gestoría.