Qué es el modelo 100
El modelo 100 es la autoliquidación anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): la declaración de la Renta. Suma las rentas del año (sueldo, actividad, alquileres, intereses, ventas de bienes), aplica reducciones, mínimos y deducciones y calcula el impuesto. A ese impuesto le resta los pagos a cuenta que ya hiciste: retenciones de la nómina o de tus facturas y, si eres autónomo, los pagos fraccionados de los modelos 130 o 131. La diferencia sale a ingresar o a devolver.
Cada año lo aprueba una orden de Hacienda, que fija también el plazo; la del ejercicio 2025 es la Orden HAC/277/2026. Se presenta en la sede de la Agencia Tributaria (AEAT) con Renta WEB, la app o Renta Directa, o con su ayuda por teléfono o en oficina, con cita.
Quién tiene que presentar la Renta y quién no
Declara todo el mundo, salvo quien solo tiene rentas por debajo de estos límites (artículo 96 de la Ley del IRPF, vigente a 26 de octubre de 2026):
| Si solo tienes… | No declaras hasta | Matiz |
|---|---|---|
| Trabajo, un solo pagador | 22.000 € al año | También con varios pagadores si el segundo y siguientes suman 1.500 € o menos. |
| Trabajo, varios pagadores (el segundo y siguientes, más de 1.500 €) | 15.876 € al año | Mismo límite con pensión compensatoria, pagador no obligado a retener o tipo fijo de retención. |
| Intereses, dividendos y ganancias con retención | 1.600 € al año | Suma de todos. |
| Rentas imputadas de inmuebles, letras del Tesoro y ayudas para vivienda protegida | 1.000 € al año | Suma de todos. |
Aunque no llegues a esos límites, declaras en todo caso si:
- Estuviste de alta como autónomo en el RETA en algún momento del año, ganaras lo que ganaras.
- Aplicas la deducción por doble imposición internacional o la de vivienda del régimen transitorio, o reduces la base con planes de pensiones, mutualidades o patrimonios protegidos.
- Cobraste el ingreso mínimo vital, tú o cualquier miembro de tu unidad de convivencia.
- Te sale a devolver y quieres cobrarlo.
Cobrar el paro ya no obliga por sí solo: el Real Decreto-ley 3/2026 suprimió esa obligación, con efectos desde el 1 de enero de 2026. Ejemplo: Marta cobró 14.000 € de una empresa y 2.000 € de otra. El segundo pagador pasa de 1.500 €, su límite baja a 15.876 € y, con 16.000 €, tiene que declarar. Con 1.200 € del segundo, su límite sería de 22.000 €.
Plazos del modelo 100: campaña de 2026 y previsión para 2027
El plazo lo fija cada año la orden de modelos. La tabla trae la campaña de 2026, con las fechas oficiales, y la previsión para la de 2027.
| Periodo | Plazo de presentación | Domiciliación hasta | Origen de la fecha |
|---|---|---|---|
| Ej. 2025 | Del 8 de abril de 2026 al 30 de junio de 2026 | 25 de junio de 2026 | Calendario oficial (AEAT) |
| Ej. 2026 | Del 1 de abril de 2027 al 30 de junio de 2027 | 25 de junio de 2027 | Calculada según la norma (calendario oficial aún sin publicar) |
El resto de vencimientos del año, en el calendario fiscal 2027.
Domiciliación y pago en dos plazos (60 % y 40 %)
Si sale a ingresar puedes pagar de una vez o fraccionar sin intereses ni recargo (artículo 62.2 del Reglamento del IRPF): el 60 % al presentar y el 40 % en otoño. Estas fueron las opciones de la campaña de 2026:
| Opción | Hasta cuándo | Cómo |
|---|---|---|
| Domiciliar todo o el primer plazo | 25 de junio de 2026 | Con el IBAN, al presentar. |
| Domiciliar solo el segundo plazo | 30 de junio de 2026 | El 60 % se paga al presentar por otra vía. |
| Pagar al presentar | 30 de junio de 2026 | NRC del banco, tarjeta o Bizum. |
| Segundo plazo sin domiciliar | 5 de noviembre de 2026 | Modelo 102, por internet o en el banco. |
| Reconocimiento de deuda | 30 de junio de 2026 | Presentas sin pagar y pides aplazamiento (con intereses) o compensación. |
Si a ti te sale a ingresar y a tu cónyuge a devolver, tu pago se puede suspender hasta el importe de su devolución (artículo 97.6 de la Ley del IRPF). Para deudas mayores, mira cómo aplazar una deuda con Hacienda.
Cómo se presenta el modelo 100, paso a paso
Identifícate
Con Cl@ve, certificado o el número de referencia, que se pide nuevo cada campaña (para la Renta 2025, con la casilla 505 de la Renta 2024). Más en la guía de la app de la Agencia Tributaria.Revisa los datos fiscales
Renta WEB carga retenciones, pagos fraccionados de los 130 y 131 presentados, cuentas, inmuebles e intereses. Son un punto de partida, no la declaración.Completa lo que Hacienda no sabe
Ingresos y gastos de la actividad, alquileres y sus gastos, deducciones autonómicas y cambios familiares.Compara individual y conjunta
Si estás casado o eres familia monoparental, calcula las dos y elige la que salga mejor.Presenta y guarda el justificante
Elige forma de pago o cuenta de devolución y descarga el justificante con su código seguro de verificación (CSV).
El orden de la declaración: datos personales; rendimientos (trabajo, capital, actividades); ganancias patrimoniales; bases y reducciones; cuota y deducciones; y, al final, pagos a cuenta y cuota diferencial, que es el resultado. Si es sencilla y no necesita cambios, Renta Directa la presenta en pocos pasos.
La Renta del autónomo: lo que llega de los 130 y 131
Lo pagado en el modelo 130 (estimación directa) o en el modelo 131 (módulos) son adelantos: la Renta calcula el impuesto real y los resta, igual que las retenciones de tus facturas.
- Estimación directa simplificada: ingresos menos gastos deducibles, y a eso se le resta un 5 % de gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 € al año (artículo 30 del Reglamento del IRPF). Qué gastos entran, en gastos deducibles de autónomos.
- Declaración de la Renta por módulos: el rendimiento sale de la orden anual de módulos, no de tus facturas. Para 2026, la Orden HAC/1425/2025 aplica una reducción general del 5 %. Más en módulos y estimación objetiva.
- Profesionales: lo que te retienen tus clientes es pago a cuenta. Si el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos llevó retención, no presentas el 130 y todo se ajusta en la Renta (artículo 109.2 del Reglamento). Ver la retención de IRPF en la factura.
- Cuota de autónomos: es gasto deducible. La Seguridad Social la regulariza luego con los rendimientos que le pasa Hacienda, y la Renta 2025 añadió casillas para declarar esa regularización.
Ejemplo resuelto: la Renta de una autónoma
Laura es diseñadora, autónoma en estimación directa simplificada. Factura 48.000 € sin IVA: 20.000 € a empresas, que le retienen el 15 %, y 28.000 € a particulares. Sus gastos deducibles, cuota de autónomos incluida, suman 13.000 €. Solo el 41,7 % de sus ingresos lleva retención, así que presenta el 130 cada trimestre.
| Paso | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| 1. Ingresos menos gastos | 48.000 − 13.000 | 35.000,00 € |
| 2. Gastos de difícil justificación | 5 % de 35.000 (tope de 2.000 €) | −1.750,00 € |
| 3. Rendimiento neto | 35.000 − 1.750 | 33.250,00 € |
| 4. Retenciones de sus clientes | 15 % de 20.000 | 3.000,00 € |
| 5. Pagos fraccionados (cuatro 130) | 20 % de 33.250 − 3.000 | 3.650,00 € |
| 6. Total de pagos a cuenta | 3.000 + 3.650 | 6.650,00 € |
| 7. Cuota resultante (supuesto) | Escalas estatal y autonómica, mínimos y deducciones | 7.100,00 € |
| 8. Resultado | 7.100 − 6.650 | 450,00 € a ingresar |
Laura fracciona: 270 € al presentar y 180 € en noviembre, sin intereses. Con una cuota de 6.000 €, el resultado sería −650 € y Hacienda le devolvería 650 €. Para calcular cada trimestre, usa la calculadora del modelo 130.
Resultado de la Renta: a ingresar, a devolver o cero
| Resultado | Cuándo sale | Qué pasa |
|---|---|---|
| A ingresar | La cuota supera los pagos a cuenta. | Pagas de una vez o en 60/40, o presentas con reconocimiento de deuda. |
| A devolver | Los pagos a cuenta superan la cuota. | Hacienda devuelve el exceso por transferencia; también puedes renunciar a favor del Tesoro. |
| Cero | Coinciden. | Si estás obligado, se presenta igual. |
Hacienda tiene seis meses desde el fin del plazo (o desde la presentación, si fue tardía) para revisar y devolver; si se retrasa por causa que no es tuya, te debe intereses de demora (artículo 103 de la Ley del IRPF). Los errores se corrigen con una autoliquidación rectificativa en Renta WEB, te perjudiquen o te beneficien: es el sistema general desde la Renta 2024. Si Hacienda te escribe antes, mira cómo contestar un requerimiento de Hacienda.
Errores frecuentes en la declaración de la Renta
- Confirmar el borrador sin mirarlo: no trae la actividad económica ni muchas deducciones autonómicas.
- Creer que un autónomo que gana poco no declara: un día de alta en el RETA obliga a presentar el 100.
- No cuadrar los 130 o 131 y las retenciones con lo realmente presentado y retenido.
- Aplicar el 5 % de difícil justificación en la estimación directa normal o pasar de 2.000 €.
- Llegar tarde a la domiciliación o fraccionar y no pagar el primer 60 %.
Novedades: Renta 2025 y lo que se sabe de la Renta 2026
Renta 2025 (presentada en 2026)
- Nueva deducción para quien gana menos de 18.276 € al año del trabajo y no tiene otras rentas de más de 6.500 € (disposición adicional 61.ª de la Ley del IRPF).
- Rendimientos artísticos excepcionales: se reduce un 30 % la parte que supere el 130 % de la media de los tres años anteriores.
- Casillas para la regularización de cuotas del RETA y para pedir que una declaración presentada sin estar obligado se tenga por no presentada.
- Las deducciones por eficiencia energética de la vivienda y por vehículo eléctrico se aplicaron también a los pagos de 2025.
Renta 2026 (se presenta en 2027)
- Fechas sin publicar a 26 de octubre de 2026; llegarán con la orden de modelos, previsiblemente en marzo de 2027.
- El paro ya no obliga por sí solo a declarar (Real Decreto-ley 3/2026).
- Las cuotas de autónomos de 2026 siguen las tablas de 2025, prorrogadas por el mismo Real Decreto-ley 3/2026.
La Renta en el País Vasco, Navarra, Canarias, Ceuta y Melilla
El modelo 100 es el de los residentes en territorio común, también en Canarias, Ceuta y Melilla: allí el IRPF es el estatal, aunque en Canarias el IVA se sustituya por el IGIC. En el País Vasco y Navarra el IRPF es foral, con norma, modelo, límites y campaña propios. En Gipuzkoa, por ejemplo, es el modelo 109 y la Renta 2025 se presentó del 7 de abril al 2 de julio de 2026. En Bizkaia, Álava y Navarra, consulta su hacienda foral.
En la gestoría: la campaña de la Renta con Fiscalo
Fiscalo no calcula ni presenta la Renta: se hace en Renta WEB o en el programa del despacho. Lo que hace es que no se escape ningún plazo. Cada cliente persona física tiene la Renta en su calendario fiscal, con el último día para domiciliar y avisos al equipo y al cliente. Desde su ficha le pides lo que falta (certificados de retenciones, recibos del plan de pensiones) y lo sube desde el móvil. Al presentarla, la marcas como presentada con su justificante y el cliente recibe el aviso. La Renta foral del País Vasco y Navarra no tiene plazo automático: Fiscalo lo avisa y se añade a mano.
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Preguntas frecuentes
¿Cuándo empieza la campaña de la Renta 2026?
La Renta 2026 se presenta en 2027 y, a 26 de octubre de 2026, sus fechas no están publicadas. Las fija la orden de modelos, que en los dos últimos años salió en marzo. Como referencia, la campaña de 2026 fue del 8 de abril al 30 de junio.
¿Hasta cuándo se puede domiciliar la Renta?
En la campaña de 2026, hasta el 25 de junio para domiciliar el pago entero o el primer plazo, y hasta el 30 de junio si solo se domicilia el segundo plazo. Las fechas de 2027 llegarán con la nueva orden de modelos.
¿Se puede pagar la Renta en dos plazos?
Sí, sin intereses ni recargo: el 60 % al presentar y el 40 % en otoño (en la campaña de 2026, hasta el 5 de noviembre). Hay que presentar la declaración dentro de plazo y pagar a tiempo el primer 60 %.
¿Un autónomo tiene que hacer la declaración de la Renta aunque gane poco?
Sí. Quien haya estado de alta en el RETA en algún momento del año está obligado a presentar el modelo 100, sean cuales sean sus ingresos (artículo 96.2 de la Ley del IRPF).
¿Qué pasa si presento la Renta fuera de plazo?
Si sale a ingresar, pagas un recargo del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso (el 15 % pasados 12 meses) y ya no puedes fraccionar en 60/40. Si estabas obligado y no hay importe a ingresar, la multa es de 200 €, que se queda en 100 € si presentas sin requerimiento de Hacienda.
¿Cuánto tarda Hacienda en devolver la Renta?
Tiene seis meses desde el final del plazo de presentación para revisar la declaración. Si pasan sin que haya ordenado la devolución por una causa que no es tuya, te debe además intereses de demora.
Fuentes oficiales
- Orden HAC/277/2026, modelos del IRPF y del Patrimonio del ejercicio 2025 (BOE)
- AEAT: inicio de la campaña de Renta y Patrimonio 2025
- AEAT: plazos de presentación y domiciliación de 2026
- AEAT: calendario 2026, hasta el 5 de noviembre (segundo plazo de la Renta)
- Ley 35/2006 del IRPF, artículos 96, 97 y 103 (BOE)
- Reglamento del IRPF, artículos 30, 62, 109 y 110 (BOE)
- Real Decreto-ley 3/2026, disposición final primera (BOE)
- Ley 58/2003 General Tributaria, artículos 27 y 198 (BOE)
- AEAT, manual de Renta 2025: principales novedades de gestión
- AEAT, manual de Renta 2025: rectificación de declaraciones presentadas
- AEAT: número de referencia para la Renta 2025
- Hacienda Foral de Gipuzkoa: Renta (modelo 109)
Guía informativa revisada con la normativa y el calendario oficial vigentes en la fecha indicada. No sustituye el consejo de un profesional para tu caso concreto.