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IVA

Casillas del modelo 303: qué va en cada una, con ejemplos

Las casillas del 303 van por bloques: IVA devengado (01 a 27), IVA deducible (28 a 46), régimen simplificado (47 a 58), información adicional (59, 60 y 120 a 124) y resultado (64 a 71). Aquí tienes qué va en cada una según las instrucciones y el diseño del modelo de 2026 de la AEAT, con un ejemplo completo.

Actualizado el · 12 min de lectura · Equipo de Fiscalo

En esta página
  1. Cómo se lee el 303
  2. IVA devengado: 01 a 27
  3. IVA deducible: 28 a 46
  4. Régimen simplificado: 47 a 58
  5. Información adicional: 59, 60 y 120 a 124
  6. Criterio de caja: 62, 63, 74 y 75
  7. Resultado y compensación
  8. Casilla 112: carburantes
  9. Autoliquidación rectificativa
  10. Último periodo y exonerados del 390
  11. Ejemplo completo con casillas
  12. En la gestoría
  13. Preguntas frecuentes
  14. Fuentes oficiales

Cómo se lee el modelo 303

El 303 sigue siempre el mismo camino: sumas el IVA devengado (casilla 27) y el deducible (45), los restas (46) y, tras compensaciones y ajustes, llegas al resultado (71). Las casillas de base y de tipo acompañan a las de cuota; las de información adicional no suman ni restan.

Bloques del modelo 303 de 2026
BloqueCasillasQué recoge
IVA devengado01 a 27 y 150 a 170El IVA de tus ventas y el que autoliquidas por algunas compras
IVA deducible28 a 46El IVA soportado que puedes deducir y el resultado del régimen general
Régimen simplificado47 a 58Las cuotas de quien tributa por módulos de IVA
Información adicional59, 60, 120 a 124 y, en criterio de caja, 62, 63, 74 y 75Operaciones sin IVA español, solo informativas
Resultado64 a 71, 76 a 78, 87 y 108 a 112Suma de resultados, compensaciones y resultado final
Último periodo79 a 99, 107, 125 a 128 y, si procede, 500 en adelanteSolo para los exonerados del modelo 390

Todo sale de las instrucciones del 303 de 2026 y del diseño de registro del modelo que publica la AEAT. Plazos y quién lo presenta, en la guía del modelo 303.

IVA devengado: casillas 01 a 27

Casillas de base, tipo y cuota del IVA devengado en el régimen general (303 de 2026)
TipoBaseTipo %Cuota
IVA al 0 %150151152
IVA al 4 %010203
IVA al 10 %040506
IVA al 21 %070809
Recargo del 0,5 %168169170
Recargo del 1,4 %192021
Recargo del 5,2 %222324
Recargo del 1,75 % (tabaco)156157158
El modelo conserva además las casillas 153 a 155, 165 a 167 y 16 a 18, a las que las instrucciones de 2026 no asignan ningún tipo vigente.
01 a 09 y 150 a 152: tus ventas con IVA
Base (sin IVA) y cuota repercutida de las facturas emitidas del periodo, sumadas por tipo. Las facturas con el 10 % temporal de la luz, el gas o los carburantes de 2026 van en 04 a 06.
19 a 24, 156 a 158 y 168 a 170: recargo de equivalencia
Las rellena el proveedor que vende a un minorista en recargo: base, tipo y cuota del recargo que le repercute.
10 y 11: adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios
Compras de bienes y servicios a empresas de otros países de la UE, por las que autoliquidas el IVA español. Van todas, también las de tipo cero. La cuota se deduce, si tienes derecho, en 36 y 37 (o 38 y 39).
12 y 13: otras operaciones con inversión del sujeto pasivo
El IVA que autoliquidas como destinatario en los demás supuestos del artículo 84.Uno.2.º y 4.º de la Ley del IVA: servicios de empresas de fuera de la UE, obras de urbanización, construcción o rehabilitación entre promotor, contratista y subcontratistas, chatarra y desechos o inmuebles con renuncia a la exención, entre otros.
14 y 15: modificación de bases y cuotas
Rectificativas emitidas por descuentos, devoluciones, impagados u otras causas del artículo 80 de la Ley del IVA, con signo menos si reducen y sin desglosar por tipos. En 25 y 26, lo mismo para el recargo.
27: total de cuota devengada
152 + 167 + 03 + 155 + 06 + 09 + 11 + 13 + 15 + 158 + 170 + 18 + 21 + 24 + 26.

IVA deducible: casillas 28 a 46

Casillas del IVA deducible en el régimen general (303 de 2026)
CasillasQué vaEjemplo
28 y 29Compras y gastos corrientes en operaciones interioresSuministros, material, un portátil de 900 €
30 y 31Bienes de inversión en operaciones interioresMaquinaria comprada en España
32 y 33Importaciones de bienes corrientesMercancía traída de fuera de la UE
34 y 35Importaciones de bienes de inversiónUna máquina importada de fuera de la UE
36 y 37Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios corrientesPiezas de Alemania, publicidad de una plataforma irlandesa
38 y 39Adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversiónUna máquina comprada en Italia
40 y 41Rectificación de deducciones del ejercicioUn abono de un proveedor, con signo menos
42Compensaciones pagadas a agricultores del REAGPCompra de fruta a un agricultor en el régimen especial
43Regularización por bienes de inversiónCambio en el uso de un bien de inversión
44Regularización por la prorrata definitivaSolo en el 4T, en diciembre o al cesar
45Total a deducir29 + 31 + 33 + 35 + 37 + 39 + 41 + 42 + 43 + 44
46Resultado del régimen general27 − 45
  • Las bases van sin prorratear y las cuotas, después de la prorrata. Las compras a tipo cero o exentas no se declaran aquí.
  • Un bien es de inversión si se usa más de un año como instrumento de trabajo y cuesta 3.005,06 € o más; si no, va con los corrientes (artículo 108 de la Ley del IVA).
  • La cuota autoliquidada en 12 y 13 se deduce, si tienes derecho, entre las operaciones interiores (28 a 31): la operación se entiende hecha en España.

Régimen simplificado: casillas 47 a 58

Casillas del régimen simplificado del IVA (303 de 2026)
CasillasQué va
47Ingresos a cuenta del periodo, según los módulos de cada actividad (1T, 2T y 3T)
48, 49 y 50Solo en el 4T: cuota anual del régimen (48), ingresos a cuenta ya hechos (49) y diferencia (48 − 49)
51, 52 y 53En cualquier periodo: adquisiciones intracomunitarias de bienes, venta de activos fijos e inversión del sujeto pasivo, incluidos los servicios intracomunitarios
54Total cuota: 47 + 51 + 52 + 53 en el 1T a 3T; 50 + 51 + 52 + 53 en el 4T
55, 56 y 57IVA de activos fijos comprados o importados, regularización de bienes de inversión (solo 4T) y su suma
58Resultado del simplificado: 54 − 57, que pasa a la casilla 64
En la cuota anual de cada actividad se suma, como cuotas de difícil justificación, el 1 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Información adicional: casillas 59, 60 y 120 a 124

59: entregas intracomunitarias de bienes y servicios
Ventas de bienes exentas a empresas de otros países de la UE y servicios prestados a empresas de la UE. Van también al modelo 349.
60: exportaciones y operaciones asimiladas
Exportaciones fuera de la UE, incluidos los envíos definitivos a Canarias, Ceuta y Melilla, las bases de las devoluciones a viajeros y otras exenciones con derecho a deducción (artículos 22, 23, 24, 64 y 143 de la Ley del IVA).
120: no sujetas por reglas de localización
Lo que no tributa en España por dónde se entiende hecho, salvo lo de la 59 y la 123: un servicio a una empresa de Estados Unidos, una venta con instalación en otro país de la UE o ventas a distancia no sujetas fuera de la ventanilla única.
122: sujetas con inversión del sujeto pasivo
Lo que vendes sin IVA porque lo autoliquida tu cliente: oro, chatarra, la subcontrata de una obra de construcción, móviles o portátiles vendidos a revendedores y demás supuestos del artículo 84.Uno.2.º.
123 y 124: ventanilla única
Operaciones no sujetas (123) y sujetas (124) en España que declaras por los regímenes de ventanilla única de la UE.

Criterio de caja: casillas 62, 63, 74 y 75

Quien está en el criterio de caja, o recibe facturas de alguien que lo está, lo marca en la identificación (son dos marcas distintas). El IVA va en las casillas de siempre, pero en el periodo en que cobras o pagas, y como tarde el 31 de diciembre del año siguiente. Además hay cuatro casillas informativas:

62 y 63: tus ventas en criterio de caja
Base y cuota de las ventas del régimen que se habrían devengado en el periodo por la regla general del artículo 75 de la Ley del IVA, como si no aplicaras el criterio de caja.
74 y 75: tus compras afectadas
Lo mismo para las compras: base y cuota soportada que se habrían devengado en el periodo por la regla general.

Resultado y compensación: casillas 64 a 87

76: regularización del artículo 80.Cinco.5.ª
La rellena el cliente con prorrata cuando su proveedor rebaja la base por impago: ingresa la cuota que no pudo deducir.
64: suma de resultados
46 + 58 + 76.
65 y 66: parte del Estado
La 65 es el 100 %, salvo en tributación conjunta con una hacienda foral (porcentaje de operaciones en territorio común); la 66 es la 64 o, en ese caso, 64 × 65.
77: IVA a la importación pendiente de ingreso
Cuotas liquidadas por la Aduana que pagas en el 303, si cumples el artículo 74.1 del Reglamento del IVA.
110: cuotas a compensar de periodos anteriores
El saldo a tu favor que arrastras, en positivo.
78: cuotas aplicadas en este periodo
Lo que usas de la 110. Si compensas, la cuantía máxima posible: la suma de la 66 y la 77.
87: cuotas pendientes para después
110 − 78. No incluye el saldo negativo que se genere en este periodo.
68: regularización anual
Último periodo, solo en tributación conjunta con el País Vasco o Navarra.
69: resultado
66 + 77 − 78 + 68 + 108.
71: resultado de la liquidación
69 − 70 + 109 y, desde el segundo trimestre (o febrero) de 2026, menos la 112. Positivo, a ingresar; negativo, a compensar o a devolver.
72: importe a compensar
Si la 71 sale negativa y no pides la devolución. No cabe si has aplicado saldo anterior en la 78.

La casilla 112 de 2026: carburantes

La Orden HAC/27/2026 añadió la casilla 112, «Pago a cuenta de entregas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes posteriores a la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero». Solo la usan los titulares de depósitos fiscales de esos productos y quienes los extraen, con derecho a deducir ese pago a cuenta del modelo 319: se pone la suma de la casilla 36 de los 319 de las entregas incluidas, se resta en la 71 y se indica con una marca en la identificación. Se aplica desde el 303 del segundo trimestre o del mes de febrero de 2026.

Autoliquidación rectificativa: casillas 70, 108, 109 y 111

Para corregir un 303 se presenta otro del mismo periodo marcado como autoliquidación rectificativa, con el número de justificante del anterior y el motivo: «Rectificaciones», «Discrepancia de criterio administrativo» o los dos.

  • 70: lo que salía a ingresar en la declaración que rectificas (su 69, si era positiva), ingresado o no.
  • 109: la devolución que Hacienda ya te acordó por la declaración anterior.
  • 108: solo para la discrepancia de criterio que no quepa en otras casillas, positiva o negativa.
  • 111: la parte del resultado negativo que corresponde a lo que salía a ingresar en la rectificada. Pre303 la calcula.

Si la primera estaba domiciliada y la rectificativa te favorece, presentándola dentro del plazo de domiciliación puedes modificar o anular el cargo.

Último periodo: casillas para los exonerados del 390

En el 303 del cuarto trimestre (o de diciembre) se indica si estás exonerado del modelo 390 y si tu volumen de operaciones del año es distinto de cero; también se ejerce o se revoca la prorrata especial. Están exonerados quienes llevan el SII y quienes, por trimestres y solo en territorio común, solo tienen actividades en régimen simplificado o de arrendamiento de inmuebles urbanos. Estos rellenan un apartado con los datos del resumen anual:

  • Actividades: clave (A01 para arrendadores de inmuebles, A03 para el resto de empresariales, A05 para el resto de profesionales…), epígrafe del IAE y si hay operaciones del modelo 347.
  • Porcentaje de tributación por territorios: Álava (89), Gipuzkoa (90), Bizkaia (91), Navarra (92) y territorio común (107).
  • Operaciones del año por tipo (casillas 79 a 99 y 125 a 128) y el volumen total (88): 80 + 81 + 93 + 94 + 83 + 84 + 125 + 126 + 127 + 128 + 86 + 95 + 96 + 97 + 98 − 79 − 99.
  • Con prorrata, sus datos por actividad con el código CNAE-2025 (500 a 524); con sectores diferenciados, su IVA deducible (700 a 805).

Ejemplo completo con casillas

Talleres Ruiz, S.L., en régimen general, prepara el 303 del cuarto trimestre de 2026: facturó 30.000 € más IVA, hizo un abono de 500 € más IVA, compró piezas a un proveedor alemán por 4.000 €, tuvo 12.000 € de gastos corrientes en España, compró un elevador de 8.000 € y arrastra 1.200 € a compensar del tercer trimestre.

Casillas del 303 del 4T de 2026 de Talleres Ruiz, S.L. (ejemplo con datos inventados)
CasillaConceptoImporte
07, 08 y 09Ventas y reparaciones al 21 %30.000,00 € de base; 21 %; 6.300,00 € de cuota
14 y 15Abono a un cliente−500,00 € de base; −105,00 € de cuota
10 y 11Piezas de Alemania (autoliquidación)4.000,00 € de base; 840,00 € de cuota
27Total devengado (09 + 11 + 15)7.035,00 €
28 y 29Gastos corrientes en España12.000,00 €; 2.520,00 €
30 y 31Elevador (bien de inversión)8.000,00 €; 1.680,00 €
36 y 37Piezas de Alemania (deducción)4.000,00 €; 840,00 €
45Total a deducir (29 + 31 + 37)5.040,00 €
46Resultado del régimen general (27 − 45)1.995,00 €
64, 65 y 66Suma de resultados; 100 %; atribuible al Estado1.995,00 €
110Cuotas a compensar del 3T1.200,00 €
78Compensación aplicada1.200,00 €
87Pendiente para después (110 − 78)0,00 €
69 y 71Resultado (66 − 78)795,00 € a ingresar

El taller no está exonerado del 390: deja en blanco ese apartado y presenta el resumen anual en enero. La compra a Alemania va también en su modelo 349. Para probar tus cifras, usa la calculadora del 303.

En la gestoría: cada casilla con su documento

En Fiscalo, el borrador del 303 de cada cliente enseña cada casilla con los documentos de los que sale: las facturas y los tickets que el cliente subió a su portal y que el gestor revisó. Se puede ajustar, pasa de «Borrador» a «Revisado» y a «Presentado», y con «Copiar casillas» cada casilla y su valor se llevan al formulario de la sede, o se exportan en CSV. Fiscalo no genera el fichero de presentación ni presenta el 303, y si falta un dato (por ejemplo, la fecha de cobro en el criterio de caja) el borrador queda marcado para revisión obligatoria. Más en borradores de modelos.

Preguntas frecuentes

¿Qué va en la casilla 120 del modelo 303?

Las operaciones no sujetas al IVA español por las reglas de localización: por ejemplo, un servicio facturado a una empresa de fuera de la UE o una venta con instalación en otro país. No suma ni resta: es informativa. Las no sujetas acogidas a la ventanilla única van en la 123.

¿Qué son las casillas 59 y 60 del modelo 303?

Son informativas. En la 59 van las entregas intracomunitarias de bienes exentas y los servicios prestados a empresas de otros países de la UE; en la 60, las exportaciones y operaciones asimiladas exentas, como los envíos a Canarias, Ceuta y Melilla.

¿Dónde se ponen las cuotas a compensar de trimestres anteriores?

El saldo pendiente va en la casilla 110; lo que aplicas en este periodo, en la 78 (como mucho, la suma de las casillas 66 y 77), y lo que sobra para más adelante, en la 87, que es la 110 menos la 78.

¿Qué casillas cambian con el criterio de caja?

El IVA se sigue declarando en las casillas de siempre, pero en el periodo en que cobras o pagas. Además se rellenan las informativas 62 y 63 (ventas) y 74 y 75 (compras) con lo que se habría devengado por la regla general, y se marcan las casillas de identificación del régimen.

¿Para qué sirve la casilla 112 del modelo 303?

Para deducir el pago a cuenta del IVA de gasolinas, gasóleos y biocarburantes que salen de un depósito fiscal, ingresado con el modelo 319. Existe desde el segundo trimestre (o el mes de febrero) de 2026 y solo la usan los operadores de ese sector.

Fuentes oficiales

Guía informativa revisada con la normativa y el calendario oficial vigentes en la fecha indicada. No sustituye el consejo de un profesional para tu caso concreto.

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