Dos administraciones a la vez: ATC y AEAT
Canarias queda fuera del territorio de aplicación del IVA (artículo 3 de la Ley del IVA): allí rige el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que gestiona la Agencia Tributaria Canaria. El IRPF, Sociedades y las retenciones siguen en la AEAT. Son dos calendarios por cliente, y Fiscalo, un software para gestorías, los junta así:
| Impuesto | Administración | Modelos en Fiscalo |
|---|---|---|
| IGIC, régimen general | ATC | 420 trimestral (con borrador) y 425, resumen anual (plazo) |
| IGIC, régimen simplificado | ATC | 421 trimestral y 425 (plazo; casillas a mano) |
| IGIC de minoristas, pequeño empresario, exentos y agricultura | ATC | 412, autoliquidación ocasional, los meses que toque; el pequeño empresario, además, el 425 |
| Operaciones con terceros en Canarias | ATC | 415 anual (plazo) |
| IRPF de la actividad | AEAT | 130 o 131 (con borrador) |
| Retenciones | AEAT | 111, 115 y 123 (con borrador); 190, 180 y 193 (plazo) |
| Impuesto sobre Sociedades | AEAT | 202 (con borrador) y 200 (plazo) |
| Operaciones con terceros | AEAT | 347 (plazo) |
| IVA | — | Ni 303, ni 390, ni 349 |
Los festivos tampoco coinciden. Los plazos de la ATC se trasladan con los de Canarias (Fiscalo tiene cargados 2026 y 2027); los de la AEAT, no: para ella solo son inhábiles los sábados, los domingos, los festivos nacionales y los del municipio de su Departamento de Informática.
Plazos del cuarto trimestre de 2026, ATC y AEAT juntos
El 420 del cuarto trimestre se presenta en enero, junto con el 425. En el de 2026, el calendario de la ATC da hasta el 1 de febrero de 2027 (el 31 de enero cae en domingo), y la domiciliación, hasta el 26 de enero de 2027: son fechas firmes, ya publicadas. Las de la AEAT de 2027 son previstas hasta que salga su calendario. El resto está en el calendario fiscal 2027, y cómo se rellena el modelo, en la guía del modelo 420.
| Administración | Modelo | Último día | Domiciliación hasta | Origen y avisos |
|---|---|---|---|---|
| Agencia Tributaria | Modelo 111Retenciones de nóminas y profesionales | 20 de enero de 2027 | 15 de enero de 2027 (prevista) | Calculada con la norma: prevista hasta que se publique el calendario oficial |
| Agencia Tributaria Canaria | Modelo 420 · ATCIGIC del trimestre | 1 de febrero de 2027Trasladado a día hábil | 26 de enero de 2027 | Calendario oficial (ATC) |
| Agencia Tributaria Canaria | Modelo 425 · ATCResumen anual del IGIC | 1 de febrero de 2027Trasladado a día hábil | Sin domiciliación | Calendario oficial (ATC) |
| Agencia Tributaria | Modelo 130Adelanto del IRPF | 1 de febrero de 2027Trasladado a día hábil | 27 de enero de 2027 (prevista) | Calculada con la norma: prevista hasta que se publique el calendario oficial |
| Agencia Tributaria Canaria | Modelo 415 · ATCClientes y proveedores de más de 3.005,06 € | 1 de marzo de 2027Trasladado a día hábil | Sin domiciliación | Calendario oficial (ATC) |
Cómo se trabaja con Fiscalo, paso a paso
Marcas Canarias en el perfil fiscal
Eliges el territorio y el régimen del IGIC: general, simplificado, comerciante minorista, pequeño empresario o profesional, operaciones exentas o agricultura y ganadería. Entran los modelos de la ATC que le tocan y, de la AEAT, los del IRPF, Sociedades y retenciones, sin 303 ni 390.El calendario junta ATC y AEAT
Cada plazo lleva su administración, su último día para domiciliar, su responsable y su estado. En la campaña del trimestre ves la cartera entera, clientes canarios y peninsulares juntos.El cliente sube sus documentos
Desde su portal del cliente sube facturas, tickets y extractos. Si compra bienes de fuera de las islas, el borrador del 420 te recuerda comprobar que está el DUA de cada importación.Revisas con los tipos del IGIC
En el Inbox, el formulario de revisión de un cliente canario habla de IGIC, propone el 7 % por defecto y solo ofrece tipos del IGIC vigentes en la fecha del documento. Si una línea lleva otro tipo, como un 21 % de IVA, queda marcada y el 420 sale para revisar.Revisas el 420 y presentas tú
Cada casilla enseña el documento del que sale. Copias las casillas a la sede de la ATC, presentas y marcas el modelo como presentado. Hasta que revisas el borrador, el cliente ve en su portal una estimación, no una cifra cerrada.
Calendario de ATC y AEAT
Los plazos de las dos administraciones por cliente, con la domiciliación y los festivos que tocan a cada una.Borrador del 420
Del documento revisado a la casilla, con «Copiar casillas» y exportación en CSV.Portal del cliente
El cliente sube lo que le pides, ve sus impuestos y te pregunta en su propio hilo.Avisos a tiempo
En la app, en el navegador y, si está activo, por email, antes de cada plazo.
El borrador del 420 y cuándo pide revisión
El 420 del régimen general se calcula con las facturas, los tickets y los DUA revisados del trimestre: el IGIC devengado por tipo, el deducible de las operaciones interiores y de las importaciones, el saldo a compensar del trimestre anterior y, en el cuarto, la opción de pedir la devolución o compensar. Fiscalo no es un programa de facturación: el IGIC sale solo de los documentos que suben tus clientes. Cuando una cifra depende de algo que no puede comprobar, el borrador queda en revisión obligatoria y no enseña importe al cliente. Pasa, sobre todo, con:
- Más de seis tipos de IGIC en las ventas del trimestre: el modelo solo tiene seis filas.
- Inversión del sujeto pasivo, por ejemplo servicios de empresas no establecidas en Canarias, también peninsulares.
- Criterio de caja del IGIC, del cliente o de sus proveedores.
- Un tipo que no es del IGIC en la fecha de la operación, u operaciones anteriores a 2026.
- Compras o ventas marcadas como intracomunitarias: desde Canarias son importaciones y exportaciones.
- El cuarto trimestre de 2026 de quien entró en julio en el régimen del pequeño empresario.
Los tipos permanentes del IGIC, según el texto refundido (Decreto Legislativo 1/2025), son el 0 %, el 3 % (superreducido), el 5 % (reducido), el 7 % (general), el 9,5 % y el 15 % (incrementados) y el 20 % (especial). Para añadir o quitar el IGIC de un importe tienes la calculadora de IGIC.
Regímenes del IGIC y el pequeño empresario (REPEP)
Solo el régimen general tiene borrador. El simplificado tiene el plazo del 421 y sus casillas se rellenan a mano, porque Fiscalo no calcula los módulos del IGIC. A minoristas, exentos y agricultura, Fiscalo les pone el plazo del 412, la autoliquidación ocasional, para los meses en que tengan IGIC que declarar.
Sin Fiscalo y con Fiscalo
| Tarea | Sin Fiscalo | Con Fiscalo |
|---|---|---|
| Plazos | El calendario de la ATC y el de la AEAT, por separado. | El perfil fiscal pone los modelos de las dos en un calendario por cliente. |
| Festivos | Comprobar a mano si el último día es festivo en Canarias. | Los plazos de la ATC se trasladan con los festivos canarios; los de la AEAT, con los suyos. |
| Tipo del impuesto | Un ticket con IVA puede colarse en el IGIC. | La revisión propone tipos del IGIC y marca los que no lo son. |
| Borrador del 420 | Se teclea desde las facturas. | Se recalcula con cada documento revisado; tú lo compruebas. |
| Presentar y facturar | En la sede de la ATC y en el programa de facturación del cliente. | Igual: Fiscalo no presenta ni factura. |
Lo que Fiscalo no hace con los clientes canarios
- No factura con IGIC ni es un programa de facturación. VeriFactu sí se aplica en Canarias: según el BOE, los programas de facturación deben estar adaptados antes del 1 de enero de 2027 (sociedades) o del 1 de julio de 2027 (resto). Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que quiere aplazarlo a octubre de 2028, pero a 26 de octubre de 2026 no está en el BOE (más en cuándo es obligatorio VeriFactu).
- No presenta nada en la sede de la ATC ni en la de la AEAT, ni genera el fichero de presentación: tú presentas.
- No calcula el 421, el 425, el 415 ni el 412: tienen plazo y aviso, sin borrador.
- No soporta el SII del IGIC (modelo 417) ni calcula el criterio de caja del IGIC, que deja el 420 en revisión.
- No calcula la Renta (modelo 100) ni el Impuesto sobre Sociedades (200) del cliente: solo sus plazos.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el equivalente al modelo 303 en Canarias?
El modelo 420, la autoliquidación del IGIC del régimen general, que se presenta ante la Agencia Tributaria Canaria. En el régimen simplificado es el 421, y el resumen anual es el 425 en lugar del 390.
¿Cuándo se presenta el 420 del cuarto trimestre de 2026?
Según el calendario de la ATC, hasta el 1 de febrero de 2027, porque el 31 de enero cae en domingo. Si se domicilia el pago, hasta el 26 de enero de 2027.
¿Se puede facturar con IGIC desde Fiscalo?
No. Fiscalo no es un programa de facturación ni factura con IGIC. El borrador del 420 sale de las facturas y los tickets que suben tus clientes y que tú revisas.
¿Se aplica VeriFactu en Canarias?
Sí. Las preguntas frecuentes de la AEAT incluyen a los contribuyentes con domicilio fiscal en Canarias, con las referencias al IVA entendidas al IGIC. Según el BOE, las fechas son el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto; el aplazamiento a 2028 está anunciado, sin publicar.
¿Sirve para una gestoría peninsular con clientes en Canarias?
Sí. Cada cliente lleva su territorio en el perfil fiscal: los canarios salen con los modelos de la ATC y de la AEAT, y el resto con los de su administración, todos en la misma cartera y el mismo calendario.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria Canaria: calendario del contribuyente 2026 (incluye el primer trimestre de 2027)
- Decreto Legislativo 1/2025, texto refundido del IGIC: tipos de gravamen (BOE)
- ATC: preguntas frecuentes del REPEP tras el Decreto ley 3/2026 (8-6-2026)
- Gobierno de Canarias: exención del IGIC hasta 50.000 € (3-7-2026)
- ATC: modelo 412, autoliquidación ocasional del IGIC
- Ley 37/1992 del IVA, artículo 3: territorio de aplicación (BOE)
- AEAT: preguntas frecuentes de VeriFactu, ámbito de aplicación (actualizadas el 21-10-2026)
- AEAT: plazos de presentación y domiciliación de 2026 (días inhábiles)